La Justicia ordenó que
vuelvan a sus tareas anteriores. Los metrodelegados, que fueron
sancionados por participar de un plebiscito gremial, denunciaron
“práctica antisindical”.
Un grupo de delegados de AGTSyP (Asociación Gremial de Trabajadores del Subte y Premetro) presentó una demanda a Metrovías a mediados de 2016 bajo la figura de “práctica desleal”. La empresa había modificado las tareas a 13 trabajadores y representantes gremiales. La Justicia falló a favor de los perjudicados.La Sala II de la Cámara Nacional del Trabajo ordenó a Metrovías restablecer dentro de los próximos cinco días las condiciones laborales que fueron modificadas a fines de marzo de 2016, “cuando los delegados se encontraban en medio de un proceso plebiscitario ante el plan de flexibilización de Metrovías y Sbase”.
En la demanda, los trabajadores del subte solicitaron, además de la restitución a las tareas anteriores, una multa “por práctica antisindical” y que se declare la nulidad de sanciones, el pago de salarios caídos y una indemnización por “daño moral”. También presentaron una cautelar para que la empresa “cese de inmediato de actitud persecutoria”.
Es el segundo fallo favorable a los trabajadores ya que en mayo la Cámara también revocó la resolución que favorecía a la UTA y dejaba a los metrodelegados sin personería gremial (ahora el caso quedó en manos de la Corte Suprema de Justicia), hizo lugar parcialmente a la medida cautelar y ordenó a la empresa que restablezca “las condiciones laborales a los demandantes en las tareas que fueran modificadas, bajo apercibimiento de aplicar las astreintes (multas) que disponga la jueza”
Un grupo de delegados de AGTSyP (Asociación Gremial de Trabajadores del Subte y Premetro) presentó una demanda a Metrovías a mediados de 2016 bajo la figura de “práctica desleal”. La empresa había modificado las tareas a 13 trabajadores y representantes gremiales. La Justicia falló a favor de los perjudicados.La Sala II de la Cámara Nacional del Trabajo ordenó a Metrovías restablecer dentro de los próximos cinco días las condiciones laborales que fueron modificadas a fines de marzo de 2016, “cuando los delegados se encontraban en medio de un proceso plebiscitario ante el plan de flexibilización de Metrovías y Sbase”.
En la demanda, los trabajadores del subte solicitaron, además de la restitución a las tareas anteriores, una multa “por práctica antisindical” y que se declare la nulidad de sanciones, el pago de salarios caídos y una indemnización por “daño moral”. También presentaron una cautelar para que la empresa “cese de inmediato de actitud persecutoria”.
Es el segundo fallo favorable a los trabajadores ya que en mayo la Cámara también revocó la resolución que favorecía a la UTA y dejaba a los metrodelegados sin personería gremial (ahora el caso quedó en manos de la Corte Suprema de Justicia), hizo lugar parcialmente a la medida cautelar y ordenó a la empresa que restablezca “las condiciones laborales a los demandantes en las tareas que fueran modificadas, bajo apercibimiento de aplicar las astreintes (multas) que disponga la jueza”
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